PROGRAMA MADRUGADORES
El Programa "Madrugadores", consiste en la ampliación del horario de apertura, durante todos los días lectivos, de los centros docentes públicos en los que se implante el programa.
El horario del servicio Madrugadores es de 7:30 a 9:30 horas, con las siguientes entradas:
- Apertura y primera recepción a las 7:30 horas.
- Segunda recepción a las 8:00 horas.
- Tercera recepción a las 8:30 horas.
- Última recepción a las 9:00 horas.
Cada familia podrá acogerse al programa según sus necesidades, respetando unos mínimos organizativos (comunicar cambio horario ingreso, no asistencia, etc.).
Podrán ser usuarios del programa todo el alumnado que curse enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria en centros docentes ordinarios de titularidad pública de la Comunidad.
Las actividades desarrolladas son actividades de carácter sociocultural y lúdico: juegos y deportes, animación lectora, actividades plásticas, de entretenimiento, audiovisuales...).
Las solicitudes de plaza en el programa deberán presentarse en los siguientes plazos:
IMPORTANTE:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 29/2009, de 8 de abril, por el que se regulan los programas de conciliación de la vida familiar, escolar y laboral en el ámbito educativo (B.O.C.Y.L. Nº 70, de 15 de abril) la Junta de Castilla y León podrá establecer una tarifa que, en ese caso, abonarán los participantes por el uso de cada uno de los programas y que será inferior al coste de los programas, al objeto de garantizar el mantenimiento de los mismos.
El precio del programa Madrugadores para el curso 2024-2025 es de 16,00 € al mes por cada niñ@. Se aplicarán las siguientes bonificaciones y exenciones, que quedarán condicionadas a la renta de las familias que determine la Junta de Catilla y León:
Familias numerosas:
- 50% por ostentar la condición de familia numerosa de categoría general (8,00 € por cada hij@ que asista al programa)
- 100% por ostentar la condición de familia numerosa de categoría especial (todos los hij@s quedan exentos de pago)
Familias con dos hij@s usuarios del programa que no tengan la condición de familia numerosa:
- 50% por el segundo hij@ que asista al programa (16,00 € por el primer hij@ y 8,00€ por el segundo)
Familias monoparentales con dos hij@s usuarios del programa:
- 50% de bonificación por el primer hij@ y el 100% exención por el segundo hij@ que asista al programa (8,00 € por el primer hij@ y exención de pago para el segundo). Estas bonificaciones y exenciones solo serán de aplicación cuando la base imponible, menos el mínimo personal y familiar, de la unidad familiar en que se integre el usuario no supere las siguientes cuantías:
FAMILIAS 2 miembros |
RENTA 17.959,20 euros |
3 miembros |
22.449,00 euros |
4 miembros |
26.489,82 euros |
5 miembros |
30.081,66 euros |
6 miembros |
33.224,52 euros |
7 miembros |
35.918,40 euros |
Y a partir del octavo miembro, se añadirán 2.500 euros por cada nuevo miembro computable.